VACUNADOS SIN PRUEBA PARA ENTRAR A PERÚ

A partir del 6 de septiembre
VIAJEROS VACUNADOS NO REQUIEREN PRUEBA PARA ENTRAR A PERÚ

De acuerdo con el Decreto Supremo N151-2021 PCM publicado hoy sábado 04 de septiembre, se establece que a partir del lunes 6 de septiembre, los peruanos, extranjeros residentes y extranjeros no residentes que ingresen a territorio nacional, únicamente en calidad de pasajeros e independientemente del país de procedencia, deben contar con una prueba molecular negativa en las últimas 72 horas si no están protegidos con dos dosis de vacuna. Es decir, las personas completamente inmunizadas no necesitan presentar certificado de prueba molecular para ingresar al país. Cabe resaltar que la norma debería indicar vacunación completa en vez de dos dosis, ya que la vacuna Johnson & Johnson, aprobada por el Minsa, es de una sola dosis. La norma tampoco menciona las pruebas de antígeno, con lo cual se entendería que esta ha sido descartada y solo se exigiría la prueba molecular a aquellos viajeros que no estuviesen vacunados. Son vacíos que podrían precisarse en los días siguientes. Aquellas personas cuyo resultado sea positivo, ingresarán a aislamiento obligatorio, según regulaciones sobre la materia.

OTROS CAMBIOS IMPORTANTES
Entre otros cambios, la norma establece que el horario de toque de queda será de 1 a 4 de la madrugada, y ya no desde la medianoche, excepto en las provincias que se encuentran en nivel de alerta alto (Luya, Chachapoyas, Cangallo, La Mar, Paucar del Sara Sara, Azangaro y Carabaya). Actualmente ya no hay ninguna provincia en nivel de alerta muy alto o extremo. Asimismo, la norma ya no contempla restricciones para los vuelos comerciales provenientes de Brasil, lo que beneficiará mucho la conectividad desde Lima no solo al interior a Brasil, sino también por todas las conexiones que ofrece Sao Paulo. Sí se mantiene la exigencia de cuarentena para los viajeros procedentes de Sudáfrica. Por otro lado, la misma norma indica que las playas podrán abrir nuevamente.

Puede ver la norma en el siguiente enlace:

DECRETO SUPREMO N151-2021